Abstract
Todos los Acuerdos de Libre Comercio (ALCs) concluidos recientemente por la Unión Europea (UE) incluyen capítulos sobre Comercio y Desarrollo Sostenible (CDS) donde se recogen compromisos mutuos en materia laboral y medioambiental. Las disposiciones sobre medio ambiente mencionan expresamente los acuerdos multilaterales que cada Parte se compromete a cumplir, como el Acuerdo de París sobre cambio climático. Sin embargo, la falta de un mecanismo de ejecución efectiva en caso de incumplimiento de las disposiciones sobre CDS merma la credibilidad de los compromisos de sostenibilidad. El ALC de la UE con Nueva Zelanda representa un punto de inflexión en esta tendencia, ya que introduce un nuevo modelo de aplicación. Con respecto a los compromisos climáticos, en particular, el ACL incluye objetivos ambiciosos que, unido al nuevo enfoque de aplicación, podrían incorporarse a futuros ALCs de la UE, contribuyendo así de forma importante a la lucha global contra el cambio climático.