Abstract
El presente ensayo analiza los elementos y operaciones básicas del razonamiento moral que justifica la decisión de proteger jurídicamente la vida humana. Se analizan la aplicación del concepto «vida humana» a los diferentes casos, lo cual remite a la inclusión de dichos casos en el campo lógico del referido concepto. Aplicación e inclusión exigen una definición clara y distinta del campo lógico-conceptual «humano», pero el hecho es que carecemos de esa definición porque hay dos: una empírica, en términos biogenéticos, y otra moral, en términos de dignidad. Además, la dignidad también es susceptible de diversas definiciones lo que la convierte en un concepto abierto. Esta situación hace que la inclusión y la exclusión de casos diversos en el campo conceptual de la vida humana no sea ni precisa ni terminante, de lo cual se derivan dos conclusiones prácticas. No es posible la existencia de una autoridad moral única y excluyente en la definición y la solución de los problemas morales, si no que dichos límites deben ser definidos de forma democrática.