Abstract
El presente artículo aborda un tema relevante dentro del sistema judicial ecuatoriano, esto es la distinción entre el concurso de infracciones y la conexidad conforme lo establecido en el Código Orgánico Integral Penal. Dichas figuras jurídicas tienen finalidades distintas, a saber, el concurso de infracciones determina las reglas para la aplicación de penas, mientras que la conexidad establece las reglas de competencia, debiendo considerar que la finalidad de la conexidad es otorgar operatividad al concurso delictual en sus distintas modalidades. No obstante, en el análisis realizado se logró identificar deficiencias normativas, lo cual incluso fue comparado con el derecho español, siendo este último referente en los temas estudiados, toda vez que la norma penal española ha desarrollado de mejor manera estas instituciones jurídicas. En este contexto, luego del análisis que se realizó dentro del presente artículo, se pone a consideración las deficiencias normativas identificadas y la necesidad imperiosa de establecer reformas legislativas, toda vez que es necesario que el Derecho Procesal ecuatoriano desarrolle instituciones jurídicas que permitan mejorar el sistema judicial, ya que al establecer reglas procesales precisas, permitirá que exista una aplicación justa y equitativa del Derecho Penal, lo cual permitirá garantizar a la sociedad en general el derecho a la seguridad jurídica y fortalecer el Estado de Derecho y justicia.