Abstract
En la discusión contemporánea sobre modelos normativos para un nuevo orden internacional está ampliamente aceptado que la justicia internacional requiere garantizar la paz, la seguridad y la defensa de los derechos humanos. Sin embargo, así́ como los objetivos de paz y seguridad son incontrovertibles, no puede decirse lo mismo del objetivo de protección de los derechos humanos. Los habituales candidatos al desacuerdo son los llamados derechos económicos y sociales, seguidos por los derechos políticos a la participación democrática. Pero, desgraciadamente, ni siquiera el derecho a la igualdad plena es incuestionado. Algunos autores optan por la estrategia minimalista de identificar derechos humanos básicos, con la esperanza de suscitar aprobación universal en el seno de la comunidad internacional, mientras que otros siguen una estrategia más generosa, con la intención de incrementar las consecuencias normativas de sus propuestas. [Fragmento]